Respuesta directa
Presentar una reconsideración de auditoría no crea una suspensión legal automática del cobro. La Publicación 3598 dice que el IRS puede demorar la actividad de cobro al recibir la documentación, pero puede reanudarla si la información no respalda la posición o si no respondes a una solicitud adicional dentro de 30 días calendario.
Mantén vigente el plan de pagos
El IRS indica expresamente que debes continuar las mensualidades de un plan de pagos durante la reconsideración. Incumplirlo puede crear un problema separado aunque disputes la determinación.
Los intereses y las multas pueden continuar
La reconsideración reevalúa la determinación; no congela el saldo. Los intereses y multas aplicables generalmente continúan salvo que el IRS reduzca o elimine el impuesto o conceda otro alivio.
No pierdas un plazo de apelación de cobro
Un aviso de embargo o gravamen puede ofrecer una audiencia de Proceso Debido de Cobro u otro derecho con plazo. La reconsideración no sustituye el Formulario 12153 ni la respuesta requerida por el aviso.
Cuando el cobro causa dificultad
Comunícate con la oficina del aviso sobre planes de pago o una demora temporal del cobro. El Taxpayer Advocate Service puede considerar un problema que cause dificultad significativa, pero el Formulario 911 tampoco suspende otros plazos por sí solo.
Fuentes oficiales
- Publicación 3598 del IRS (en inglés)
- IRS — reconsideración por correspondencia (en inglés)
- TAS — reconsideraciones de auditoría (en inglés)