La reconsideración no sustituye una respuesta puntual a una auditoría abierta, una protesta ante IRS Appeals, una solicitud de audiencia de cobro, una reclamación de reembolso ni una presentación judicial. Sigue el aviso que crea cada derecho mientras el IRS revisa la solicitud.
1. Confirma que la auditoría esté cerrada
Usa la reconsideración para una determinación de auditoría que ya aparece en la cuenta. Puede corresponder cuando no asististe a la auditoría, te mudaste y no recibiste correspondencia, tienes pruebas nuevas que el examinador no consideró, disputas una determinación impaga, te negaron créditos o crees que hubo un error de procesamiento o cálculo.
Cuando la auditoría sigue abierta o el aviso todavía ofrece una protesta o una vía ante el Tribunal Tributario, utiliza esa vía dentro de su plazo. No permitas que venza un derecho de revisión más sólido por esperar la reconsideración.
2. Revisa las exclusiones principales
Por regla general, el IRS no acepta la reconsideración cuando la cantidad determinada ya se pagó por completo, un acuerdo de cierre o transacción resolvió la obligación, un acuerdo de Appeals como el Formulario 870-AD controla el asunto, o el Tribunal Tributario u otro tribunal emitió una determinación final. Las sociedades y otros procedimientos especializados pueden tener restricciones propias.
Cuando el impuesto se pagó por completo, los materiales oficiales dirigen a las personas hacia una reclamación formal de reembolso, comúnmente mediante el Formulario 1040-X cuando corresponda. Los periodos de limitación para reembolsos son independientes.
3. Identifica cada ajuste disputado
Revisa el informe de auditoría y sus anexos, incluido el Formulario 4549 cuando esté disponible. Enumera por separado cada crédito, deducción, partida de ingresos, estado civil tributario, dependiente u otro ajuste. Indica lo que permitió la auditoría, lo que consideras correcto y por qué.
4. Reúne pruebas nuevas o no consideradas
Pueden incluir recibos, cheques cancelados, estados bancarios, Formularios W-2 o 1099, documentos de dependencia, registros de negocio, bitácoras de millaje o correspondencia que no estuvo disponible o no fue considerada. Envía copias legibles, no originales.
Organiza las pruebas por asunto disputado y por año tributario. Explica si un documento se envió antes pero no aparece en la lista de materiales considerados.
5. Prepara la solicitud escrita
No existe un formulario especial obligatorio. Escribe una carta que explique la solicitud y cada asunto. El IRS recomienda el Formulario 12661, Disputed Issue Verification, revisión de octubre de 2015, para organizar los puntos. Adjunta el Formulario 4549 o el informe cuando esté disponible y las pruebas correspondientes.
Descarga el formulario desde IRS.gov antes de presentar. Coloca números de identificación tributaria solamente en la presentación oficial enviada al IRS, nunca en WhatDoIFile.
6. Usa el canal de la oficina que manejó la auditoría
Para auditorías por correspondencia realizadas por correo, el IRS actualmente recomienda su Document Upload Tool en IRS.gov/examreply. La misma página permite enviar por correo la solicitud a la oficina que manejó la auditoría, usando la dirección de la carta.
Para otro tipo de auditoría, sigue el informe o comunícate con la oficina que trabajó el caso. No copies una dirección de campus de una publicación antigua sin confirmar que corresponde. La página del IRS indica los teléfonos 866-897-0161 y 866-897-0177 para ayuda con la dirección cuando no tienes la carta de auditoría por correspondencia.
7. Conserva comprobantes y continúa los pagos requeridos
Guarda una copia completa y el comprobante de carga, fax o correo. Si existe un plan de pagos, continúa las mensualidades requeridas salvo que el IRS lo cambie. Los intereses y las multas aplicables pueden seguir acumulándose mientras la obligación permanezca determinada.
El IRS puede demorar el cobro después de recibir la documentación, pero no es automático ni permanente. Puede reanudarlo si la información es insuficiente o no respondes oportunamente.
8. Da seguimiento sin tratar el plazo como garantía
La Publicación 3598 dice que deberías recibir una comunicación sobre la solicitud dentro de 30 días. La página actual de auditorías por correspondencia advierte que la resolución puede tardar más, incluso varios meses. Usa los 30 días como punto de seguimiento, no como promesa de decisión.
El IRS puede eliminar la determinación, reducirla parcialmente, pedir más información o mantenerla. Si no estás de acuerdo, los materiales oficiales describen una conferencia con IRS Appeals o, después del pago total y una reclamación correcta, una posible demanda de reembolso.
Fuentes oficiales
- IRS — reconsideración de auditorías por correspondencia (en inglés)
- Publicación 3598 del IRS — proceso de reconsideración (en inglés)
- Formulario 12661 del IRS — Disputed Issue Verification
- Taxpayer Advocate Service — reconsideraciones (en inglés)
- Manual del IRS — proceso de reconsideración (en inglés)
Recursos relacionados
- ¿La reconsideración detiene el cobro?
- Lista para la reconsideración
- Definición de reconsideración de auditoría
- Internal Revenue Service
- Solicitar ayuda del Servicio del Defensor del Contribuyente
- Apelar una auditoría abierta del IRS
- Presentar una declaración enmendada cuando corresponda la vía de reembolso