Revisado el 4 de agosto de 2026

Solicitar un ofrecimiento de transacción del IRS

Un ofrecimiento de transacción del IRS puede liquidar una deuda tributaria federal elegible por menos del saldo total, pero no es automático ni adecuado para todas las personas. Confirma el cumplimiento, el fundamento correcto, los formularios vigentes y el canal oficial.

No uses el ofrecimiento para impugnar el problema equivocado

Si aceptas que el impuesto es correcto pero no puedes pagarlo, las vías habituales son duda sobre la posibilidad de cobro o administración tributaria eficaz. Si existe una disputa genuina sobre si se adeuda el impuesto, el IRS utiliza el proceso separado del Formulario 656-L. Una deuda estatal o local no puede resolverse con el IRS.

1. Comprueba si el IRS puede considerar el ofrecimiento

Antes de considerar un ofrecimiento de transacción, el IRS generalmente exige que se hayan presentado todas las declaraciones federales requeridas, realizado los pagos de impuesto estimado del año actual y recibido una factura por al menos una deuda incluida. Un empleador también debe estar al día con los depósitos federales del trimestre actual y de los dos trimestres anteriores.

Quien se encuentre en un proceso abierto de bancarrota no reúne los requisitos. La herramienta de precalificación y la comprobación de la Cuenta en Línea pueden orientar, pero no garantizan la aceptación. La herramienta no sirve para todas las situaciones, incluidas ciertas direcciones de territorios estadounidenses, extranjeras o APO/FPO y ciertos negocios.

2. Elige el fundamento correcto

  • Duda sobre la posibilidad de cobro: los bienes y los ingresos son inferiores a la obligación federal completa.
  • Administración tributaria eficaz: el impuesto se adeuda y puede cobrarse, pero el pago total causaría dificultad económica o sería injusto debido a circunstancias excepcionales.
  • Duda sobre la obligación: existe una disputa genuina sobre la existencia o cantidad correcta del impuesto. Usa el Formulario 656-L vigente, no el paquete financiero ordinario del Formulario 656.

No presentes el Formulario 656-L simplemente porque el saldo sea inasequible. Tampoco uses un ofrecimiento basado en capacidad de pago para sustituir la corrección de una determinación legalmente incorrecta.

3. Usa los productos vigentes

Para duda sobre la posibilidad de cobro o administración tributaria eficaz, usa el Formulario 656-B (SP), revisión de abril de 2026. Incluye el Formulario 656, el Formulario 433-A (OIC) para personas asalariadas y trabajadoras por cuenta propia y el Formulario 433-B (OIC) para negocios. El Formulario 656 independiente está destinado a profesionales tributarios; una persona debe trabajar con el folleto o con el proceso oficial en línea.

Para duda sobre la obligación, usa el Formulario 656-L, revisión de julio de 2026, disponible en inglés. Confirma la edición justo antes de presentar.

4. Reúne la información financiera

Prepara la información actual de cuentas bancarias, inversiones, retiro, vehículos, bienes raíces, ingresos, gastos, deudas y unidad familiar que exige el Formulario 433-A (OIC) o 433-B (OIC). Adjunta copias de los documentos indicados; no envíes originales salvo instrucción expresa.

El IRS evalúa la capacidad de pago a partir de bienes, ingresos, gastos y capacidad futura. La cantidad de la herramienta de precalificación es preliminar. La decisión depende de la solicitud completa y de la investigación del IRS.

No introduzcas en WhatDoIFile el número de Seguro Social, ITIN, EIN, datos bancarios, información de declaraciones ni datos de la cuenta. Usa información sensible únicamente en el canal oficial o con un representante autorizado.

5. Selecciona una opción de pago

  • Ofrecimiento de suma global: incluye un pago no reembolsable del 20% de la cantidad ofrecida. Si se acepta, paga el resto en cinco pagos o menos dentro de cinco meses o menos después de la aceptación.
  • Ofrecimiento de pagos periódicos: incluye el primer pago mensual propuesto y continúa los pagos mensuales mientras el IRS considera el ofrecimiento. Los términos propuestos deben pagar el ofrecimiento aceptado dentro de 24 meses.

El pago inicial es independiente del cargo de solicitud. Los pagos del ofrecimiento generalmente no se reembolsan y se aplican a la deuda aunque el ofrecimiento se rechace o devuelva. Antes de la aceptación, se puede indicar por escrito a qué deuda incluida debe aplicarse un pago.

6. Comprueba el cargo y la certificación de bajos ingresos

El Formulario 656-B vigente exige un cargo de solicitud de $205 por cada Formulario 656, además del pago inicial. Si envías cheques, separa el cargo y el pago del ofrecimiento.

Una persona física o propietaria única que reúna la Certificación de Bajos Ingresos no envía el cargo, el pago inicial ni pagos periódicos mientras se revisa el ofrecimiento. Usa la tabla vigente de la Sección 1 del Formulario 656; la cantidad depende del tamaño familiar y del lugar de residencia. Las sociedades, entidades y ofrecimientos de una persona fallecida no reúnen esta certificación.

El ofrecimiento por duda sobre la obligación usa el Formulario 656-L y no exige el cargo ordinario de OIC.

7. Presenta por el canal oficial correcto

Las personas físicas elegibles pueden preparar y presentar el ofrecimiento mediante la Cuenta en Línea del IRS. El sistema puede preparar los formularios, calcular una cantidad potencial, recibir pagos y enviar el ofrecimiento electrónicamente.

Para una solicitud por correo, usa la tabla de direcciones vigente del Formulario 656-B. La unidad correcta depende de la residencia y existen reglas específicas para Puerto Rico y direcciones extranjeras. No copies una dirección antigua. Los negocios pueden realizar determinados pagos mediante su Cuenta de Impuestos de Negocio, pero el IRS indica que deben enviar por correo los Formularios 656 y 433-B (OIC).

Guarda una copia completa, confirmaciones y prueba de envío. No envíes un duplicado por correo después de presentar en línea.

8. Mantén el cumplimiento mientras está pendiente

Continúa presentando declaraciones, pagando impuestos actuales y estimados y realizando depósitos federales exigidos. La falta de cumplimiento o de respuesta a una solicitud de información puede provocar la devolución sin derecho de apelación.

En un ofrecimiento de pagos periódicos, continúa los pagos propuestos salvo que corresponda la Certificación de Bajos Ingresos. El IRS indica que no se exigen pagos de un acuerdo de pagos a plazos existente mientras evalúa un ofrecimiento tramitable, pero sigue las cartas específicas y no interrumpas otras obligaciones corrientes.

Las multas y los intereses continúan acumulándose durante la revisión. El IRS generalmente suspende otras actividades de cobro, pero puede presentar un aviso de gravamen tributario federal y no tiene que liberar automáticamente un embargo anterior.

9. Responde a la decisión

Si el IRS acepta, paga conforme a los términos y mantén el cumplimiento de presentación y pago durante cinco años después de la aceptación. Un incumplimiento puede restablecer la deuda original, menos los pagos, con multas e intereses aplicables.

Si el IRS rechaza el ofrecimiento, la carta explica los motivos y concede 30 días desde su fecha para pedir revisión a la Oficina Independiente de Apelaciones, normalmente mediante el Formulario 13711 o un escrito válido enviado a la oficina que emitió la carta.

Si el IRS devuelve el ofrecimiento por falta de tramitabilidad o cumplimiento posterior, generalmente no existe derecho de apelación. Lee la carta para conocer cualquier opción de reconsideración o nueva presentación.

Busca ayuda autorizada cuando sea necesaria

Un ofrecimiento puede afectar plazos de cobro, gravámenes, reembolsos, bancarrota, deudas conjuntas y obligaciones futuras. Esta página explica el procedimiento federal general y no determina la mejor opción ni calcula una cantidad aceptable. Considera un profesional tributario con credenciales o una Low Income Taxpayer Clinic y evita empresas que garantizan acuerdos.

Fuentes oficiales

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