Revisado el 5 de agosto de 2026

Oficina Independiente de Apelaciones del IRS

La Oficina Independiente de Apelaciones es el foro administrativo del IRS para disputas tributarias elegibles. Está separada de las funciones de Revisión y Cobro que tomaron la decisión original.

Jurisdicción federal

La Oficina Independiente de Apelaciones del IRS, conocida como Apelaciones, es una función administrativa dentro del Internal Revenue Service. Está separada de las funciones de Revisión y Cobro que realizan determinaciones tributarias e inician acciones de cobro.

Apelaciones revisa disputas de impuestos federales. Las determinaciones estatales o locales utilizan el sistema del estado, territorio, condado, ciudad u otra autoridad que emitió la decisión.

Qué gestiona Apelaciones

  • Desacuerdos elegibles derivados de auditorías y ajustes tributarios propuestos.
  • Disputas de cobro que califican, incluidas materias del Proceso Debido de Cobro y del Collection Appeals Program.
  • Ciertas decisiones sobre multas, ofrecimientos de transacción rechazados, cónyuge inocente y otros asuntos cuando el aviso concede derechos de apelación.
  • Conferencias informales por correspondencia, teléfono, video o en persona.
  • Programas de mediación y resolución alternativa de disputas para asuntos que califican.
  • Algunos casos ya registrados ante el Tribunal Tributario cuando no hubo una oportunidad previa de Apelaciones.

Qué no gestiona

  • No realiza la auditoría original ni inicia la acción de cobro original.
  • No tramita una solicitud inicial enviada directamente a su sede; la oficina indicada en el aviso tiene que recibirla y transferirla.
  • No sustituye al Tribunal Tributario, a un tribunal federal de distrito ni al Tribunal de Reclamaciones Federales.
  • No ofrece asesoramiento jurídico o tributario individual.
  • No es el Taxpayer Advocate Service ni acepta un caso solamente porque no puedas pagar.
  • No puede resolver argumentos basados únicamente en objeciones morales, religiosas, políticas, constitucionales, de conciencia o similares.

Cómo llega un caso a Apelaciones

Empieza con la carta que explica el derecho de apelar. Envía la protesta, formulario o solicitud de audiencia a la persona u oficina indicada. No envíes la solicitud inicial directamente a Apelaciones. La oficina de origen revisa el pedido, intenta resolver la disputa y transfiere el expediente cuando el caso califica y el desacuerdo continúa.

Cada materia usa documentos distintos. Una auditoría puede requerir una solicitud de caso menor, el Formulario 12203 o una protesta formal. Una audiencia del Proceso Debido de Cobro generalmente usa el Formulario 12153. Un ofrecimiento rechazado y un caso de cónyuge inocente siguen instrucciones propias.

Qué ocurre durante la conferencia

Un funcionario de apelaciones o de acuerdos examina la posición del contribuyente y el expediente de cumplimiento del IRS. La conferencia es informal. El funcionario puede considerar los hechos, la ley tributaria, decisiones judiciales y los riesgos de litigio al intentar resolver el caso.

Puedes representarte. También puede representarte un abogado, contador público certificado o agente registrado autorizado para ejercer ante el IRS. Normalmente se requiere un Formulario 2848 válido cuando el representante se comunicará en tu nombre.

Las pruebas nuevas pueden volver a la oficina de origen

Apelaciones espera que la función subyacente del IRS tenga oportunidad de revisar las pruebas. Si se presenta por primera vez información importante o un asunto nuevo, el funcionario puede devolver el caso o remitir el material a Revisión o Cobro para comentarios y consideración adicional.

Independencia y comunicaciones ex parte

La misión de Apelaciones es resolver controversias tributarias federales sin litigio, de una manera justa e imparcial para el gobierno y el contribuyente. Ciertas comunicaciones unilaterales entre Apelaciones y otras funciones del IRS están restringidas para proteger esa independencia. Esto no impide la comunicación administrativa permitida por las reglas aplicables.

Comprobar el estado de una solicitud

Si pasan más de 120 días desde que presentaste la solicitud y Apelaciones no se ha comunicado, el IRS indica contactar a la oficina de Revisión o Cobro que trabajó el caso. Confirma si resolvió el asunto o transfirió el expediente.

Cuando el caso ya fue transferido, usa la página oficial sobre el estado de la apelación para obtener el teléfono e instrucciones vigentes. Al 5 de agosto de 2026, esa página indica 855-865-3401 para preguntas sobre casos enviados. No envíes una protesta inicial ni documentos sensibles sin instrucciones del funcionario asignado.

Fuentes oficiales

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